Claves n° 169 – mayo de 2008
Durante el mes transcurrido, una investigación de
Antonio Oieni para El Tribuno, acerca de un proyecto privado -cuyo objetivo
sería buscar agua en la puna salteña para derivarla a explotaciones mineras
ubicadas en territorio chileno- generó un vendaval de aclaraciones y
desmentidas. En medio de estos cruces quedó expuesto el tratado binacional de
integración minera, que recién ahora tomó estado público al menos en Salta. La
siguiente nota se referirá a él, antes que al incidente de lo que se llamó la
“venta del agua”.
El Tratado entre
la República Argentina y la República de Chile sobre Integración y
Complementación Minera, tal su denominación oficial, fue aprobado el 23/
03/ 2000 por ley nº 25.243 del Congreso Nacional y, ratificado por ambos
gobiernos, se encuentra en plena vigencia.
Se ha dicho en su momento que el tratado habría sido una suerte de compensación, cuando -entre los acuerdos Menem – Aylwin- se convino la llamada “traza poligonal” en los Hielos Continentales, que tantos disgustos ocasionó por aquel tiempo en ambos lados de la cordillera. Como sea, este nuevo pacto binacional reconoce una serie de tratados, protocolos y actas conjuntas anteriores entre Argentina y Chile. Entre esos antecedentes el referente es el Tratado de Paz y Amistad de 1984, con el cual resolvimos el complejo diferendo por las islas del Canal de Beagle. A éste, que impulsa el proceso de integración argentino-chilena, hay que sumarle por importancia el Acuerdo de Complementación Económica 16 (ACE 16), concretado por ambos gobiernos en el marco de la ALADI, y sus sucesivos protocolos adicionales. En suma, el tratado que comentamos se inscribe dentro de ese proceso integrador, destinado a remover para siempre los añejos y mutuos recelos.