Revista Claves
n° 192 - Agosto 2010
En el
número anterior de Claves aproximamos al lector a la complejidad jurídica e
institucional de lo relacionado con los “pueblos originarios”. Al final de esa
nota nos preguntábamos qué habríamos hecho tan mal en 200 años para que algunas
comunidades indígenas hayan dejado de identificarse con el Estado Argentino. Esta
segunda nota expone cuestiones de abordaje ineludible para un país como el
nuestro, en el cual todavía se constatan indicadores de subdesarrollo[1], fragilidad
institucional y cierta tendencia disgregadora propia de las sociedades anómicas.
Con todo, la severidad del diagnóstico no obsta la esperanza de redención
nacional que urge restaurar en estos tiempos de Bicentenario.
Hay dos aspectos básicos que contextualizan las
batallas políticas y legales de los movimientos indígenas en los últimos 50
años a lo largo y ancho de la América Latina (y no solo en ella, desde luego).
Su evolución, tratamiento y resultados no han sido exactamente igual en países con
amplias comunidades aborígenes. En varios de ellos el tratamiento legal impulsó
reformas constitucionales para habilitar soluciones legales específicas,
desactivando tensiones sociales que afectaban a las sociedades nacionales involucradas.
Eso ocurrió, por ejemplo, en Ecuador, Méjico, Nicaragua y Panamá en distinto
grado y momento; el caso más próximo a la Argentina se constata con la Nueva
Constitución de Bolivia en vigor desde febrero de 2009, que instituyó un Estado
Plurinacional Comunitario.