La Convención sobre Derecho
Internacional del Mar (CONVEMAR, Jamaica 1982), uno de los grandes tratados
“codificatorios” de Naciones Unidas, estableció cómo los Estados ribereños debían
establecer sus respectivas jurisdicciones marítimas: mar territorial, zona
contigua, zona económica exclusiva y plataforma continental, medidos desde la
línea de base, que es la de bajamar.
El art. 76 la define en los siguientes
términos: “La plataforma continental de
un estado ribereño comprende el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que
se extienden más allá de su mar territorial y a todo lo largo de la
prolongación natural de su territorio hasta el borde exterior del margen
continental”. Siguiendo un criterio jurídico, su extensión está fijada en
200 millas marinas (cada milla equivale a 1852 metros) y puede llegar hasta las 350 mm o 100 mm después de la isóbata de 2.500 metros, excluyendo
a las crestas oceánicas.
El Anexo II de la CONVEMAR establece además
reglas claras de delimitación, en especial para prevenir conflictos entre
Estados con plataformas adyacentes o costas enfrentadas. También instituyó la
Comisión de Límites de la Plataforma Continental,
compuesta por veintiún expertos en geología, geofísica o hidrografía, elegidos
por los estados parte, cuya función es examinar los datos suministrados por los
ribereños, asesorarlos y darles recomendaciones en el marco de lo previsto en
la Parte VI de la Convención. Esa Comisión fijó “Directrices Científicas y
Técnicas” el 13 de mayo de 1999, fecha a partir de la cual corría el plazo de diez
años para oficializar las cartas geomorfológicas pertinentes.
Argentina aprobó la CONVEMAR por ley nº 24.543 en septiembre de 1995 y
la ratificó en diciembre de ese año; previamente había sancionado la ley nº 23.968,
de agosto de 1991, fijando las líneas de base con los parámetros consensuados
en la CONVEMAR. En virtud de ambas, el Congreso Nacional sancionó la ley nº
24.815 del 14 de agosto de 1991, creando la Comisión del Límite Exterior de la
Plataforma Continental (COPLA), bajo dependencia directa de la Cancillería.
En la práctica advertimos la
complejidad para medir y trazar la plataforma, operaciones que nuestro país
finalizó en mayo de 2009, fecha prevista para la presentación respectiva. Los trabajos de campo fueron de enorme complejidad y muy costosos (el
PNUD nos aportó $ 18 millones), pues no solo se mide la plataforma sino también
el talud y la emersión continental.
La nuestra es una de las plataformas más
extensas y ricas del planeta: sumando la que corresponde a la de la Península Antártica
(regida por el Tratado Antártico de 1959, sobre la cual Argentina sostiene
soberanía) ahora sabemos que representa alrededor de 1.700.000 de km2, un 35 %
más de lo calculado en 2009, e incluye también la plataforma de las islas del
Atlántico Sur (Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur). La normativa vigente permite
a los países interesados expandir su espacio geográfico, sobre el cual
ejercerán solamente derechos de exploración y explotación de recursos naturales
(art. 77); por ende, ningún otro estado puede hacerlo sin consentimiento del
ribereño.
El apuro vino por Gran Bretaña, que en septiembre de 2007 anunció la
conclusión de los estudios para delimitar la plataforma continental de Malvinas
y Georgias, efectuando la presentación en la Comisión de la ONU en agosto de
2010. El Reino Unido traza desde ellas un círculo con radio de 350 millas
marinas de modo que el linde llegaría hasta la Isla de los Estados. El Foreing
Office pretende discutir así la delimitación en la región occidental de las
islas, ya que hacia oriente fijará 350 mm.
El buque oceanográfico “Puerto Deseado” de la Armada, operado por el
Servicio de Hidrografía Naval, fue el encargado de explorar nuestra plataforma,
con un sistema batímetro monohaz para aguas profundas de hasta 5.000 metros.
Por primera vez desde el incidente del rompehielos Irízar, un buque argentino
navegó por la zona de exclusión en el área de disputa con el Reino Unido. La
relación con la potencia usurpadora es complicada a causa de su decisión de seguir
explorando hidrocarburos en la cuenca de Malvinas, tarea demorada a causa de la
baja del precio del barril de crudo.
En realidad no hubo ningún “fallo” por parte de Naciones Unidas
favorable a nuestro país. Simplemente la Comisión de Límites de la Plataforma
Continental de la CONVEMAR receptó y registró la documentación que nos permite
llegar, en ciertos tramos de la costa, hasta las 350 mm. Tenemos derechos
exclusivos y excluyentes sobre el suelo y subsuelo marítimos, pero también está
registrada la controversia obvia que genera para la Argentina el trazado ilegal
de Gran Bretaña. La historia, por cierto, continúa.
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